Obligaciones de empresas y trabajadores en procesos de incapacidad temporal
7 de febrero de 2018
Por Celia Galán, de Activa Consultores (Asesoria fiscal en Sevilla)
La incapacidad temporal suspende el contrato de trabajo y lleva consigo una serie de obligaciones para ambas partes, vamos a detallarlas a continuación.
Obligaciones de los trabajadores
Tienen que hacer llegar el ejemplar para la Empresa de los partes de baja y confirmación en el plazo de tres días contados a partir de la fecha de su expedición. Se admite cualquier medio para envío del parte de baja o confirmación, ya sea correo electrónico, fax, en persona por algún familiar, etc. Además de la obligación legal, es muy conveniente para el buen clima en la empresa que el mismo trabajador u cualquier persona cercana a él, avise a la empresa lo antes posible de su imposibilidad de acudir al trabajo.
Cuando el trabajador cause alta por curación, deberá entregar el ejemplar destinado a la empresa del parte de alta dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.
La obligación de prestación de servicios se reanuda al día siguiente de la fecha de alta.
Obligaciones empresa
La empresa deberá rellenar los datos que le corresponden y tramitar los partes a la Entidad Gestora con carácter inmediato dentro del plazo máximo de tres días hábiles a partir de la fecha de emisión. Si el trabajador hace llegar los partes fuera de plazo, es aconsejable que la empresa pueda acreditar que es ajena a la demora.
Conservar los modelos de las copias de los partes médicos en soporte papel durante un plazo de cuatro años, contado desde la fecha de presentación telemática de los mismos.
En todo caso de cara a facilitar el proceso y evitar errores o sanciones, es importante que las empresas pongan en conocimiento de los trabajadores un protocolo de actuación con sus obligaciones y plazos en esta materia.
Infracciones
La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracciones leves no remitir a la entidad correspondiente las copias de los partes médicos de baja, confirmación de la baja o alta de incapacidad temporal facilitadas por los trabajadores, o su no transmisión por los obligados o acogidos a la utilización del sistema de presentación de tales copias, por medios informáticos, electrónicos o telemáticos. La comunicación fuera de plazo de los partes conlleva una sanción que puede oscilar desde los 60 a los 625 euros.
Activa Consultores - Asesoría fiscal Sevilla