Libros contables obligatorios para los Autónomos
27 de junio de 2017
Por Celia Galán, de Activa Consultores (Asesor fiscal Sevilla)
Si te das de alta como autónomo debes saber que además de la liquidación de impuestos tienes otras obligaciones formales. Probablemente habrás escuchado que debes llevar libros contables con las transacciones que efectúas cada día para desarrollar tu actividad económica. En este artículo vamos a explicarte cuáles son los libros que debes llevar y qué pasa si no lo haces.
Libros contables dependiendo del régimen fiscal
1. Estimación directa normal: si el régimen fiscal en el que estás de alta es el de estimación directa normal y además te dedicas a una actividad industrial, comercial o de servicios, entonces debes llevar los libros oficiales del Código de Comercio y legalizarlos en el Registro Mercantil. Los libros que debes llevar son:
Libro Diario: Libro de Inventarios y Cuentas anuales
2. Estimación objetiva: si estás de alta en estimación objetiva no estás obligado a llevar libros contables, pero sí debes guardar todos los justificantes de pago o cobro de tus compras y ventas.
3. Estimación directa simplificada: si tu régimen fiscal es estimación directa simplificada debes llevar los siguientes libros contables: Libro de ventas e ingresos, libro de compras y gastos, libro de bienes de inversión.
Vamos a ver en qué consiste cada uno de estos libros.
Libro de ventas e ingresos: en este libro debes incluir todas las facturas de tus ventas que hayas emitido a tus clientes. Independientemente de que estés de alta en más de una actividad económica y el tipo de IVA o retención que tengas que aplicar, en este libro deben aparecer todas tus facturas a clientes. Además, este libro debe llevar un orden estricto de fechas y numeración continua sin saltos en la numeración.
Libro de compras y gastos: en este libro deben estar anotadas todas tus facturas de gasto o compras relacionadas con tu actividad económica. En este libro no es necesario seguir estrictamente un orden de fechas y número de facturas. Al fin y al cabo el deducirte gastos es un derecho, no una obligación como en el caso de tus ingresos. Por lo que si se te olvida incluir un gasto en el trimestre en el que lo hayas abonado, lo puedes incluir en el siguiente trimestre sin problemas.
Libros de bienes de inversión: en el libro de bienes de inversión se deben incluir las compras de bienes relacionados con tu actividad económica que tengan una vida útil superior al año. Si para trabajar necesitas un ordenador, una mesa y una silla, todo esto sería inmovilizado material que deberás incluir como bienes de inversión.
Artículo elaborado por Activa Consultores - Asesor fiscal Sevilla