Deducibilidad de los tickets de aparcamiento
11 de mayo de 2016
Por María Ruiz, de Activa Consultores (Asesoria fiscal Sevilla)
Como cualquier empresa o autónomo, tratamos de deducirnos el mayor número de gastos posible, tanto en el IVA como en el Impuesto de Sociedades.
Cuando nos iniciamos en el mundo del emprendimiento y el trabajo por cuenta propia, debemos tener claro qué gastos podemos imputar como IVA soportado, puesto que no todos los gastos se pueden deducir en el IVA.
Tenemos que tener en cuenta, que para que un gasto sea considerado un gasto fiscalmente deducible deben cumplirse los requisitos explicados a continuación:
- Los gastos deben estar vinculados a la actividad económica que desarrollemos.
- Los gastos deben encontrarse convenientemente justificados por medio de facturas u otros documentos acreditativos.
- Y además, deben encontrarse registrados en la contabilidad o en los libros de registro, que son de obligado cumplimiento llevar.
Hay ciertos gastos que se pueden considerar deducibles con carácter general y otros que según la actividad económica, se los podrán deducir unos profesionales u otros.
Uno de los gastos más controvertidos, es el de aparcamiento. Comerciantes que utilizan el coche como medio de trabajo, consideran que el aparcamiento es un gasto más que entra dentro de su trabajo, sin embargo, Hacienda no lo tiene igual de claro. El problema surge al analizar la situación desde el punto de vista fiscal, ya que justificar su deducibilidad en la práctica suele ser bastante complicado. En principio, un ticket de aparcamiento no cumple con los requisitos que debe reunir una factura acreditativa del gasto, tal y como hemos nombrado en el segundo punto de los requisitos anteriores.
Para poder contabilizar una factura debe tener los siguientes datos identificativos:
• Número y serie
• Fecha de expedición y fecha en la que se realizó la operación, siempre que sea distinta de la fecha de expedición.
• NIF y razón social o nombre comercial de quien la expide, así como su domicilio
• Domicilio, NIF y razón social o nombre comercial del receptor de la factura
• Descripción del servicio prestado
• Desglose del IVA que se aplica
• Importe de la factura
El problema está en que un ticket puede reunir varios de los puntos expuestos anteriormente, pero no los suficiente para que sea deducible.
Una alternativa para esta situación puede ser acudir a la empresa gestora de los aparcamientos con todos los tickets acumulados, para que emita una factura global. Aun así, para que Hacienda permita la deducción de estos gastos, deberíamos ser capaces de demostrar que el gasto en aparcamiento efectivamente guarda relación con la actividad económica que realizamos. Una buena prueba sería guardar pruebas sobre la visita al cliente o proveedor que se visite en el momento del aparcamiento, o del evento al que se acudió.
Lo que sería más difícil de justificar sería el ticket del parking de tus desplazamientos cotidianos o de las gestiones llevadas a cabo día a día del negocio.
El presente artículo ha sido elaborado por Activa Consultores - Asesoria fiscal Sevilla